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FOCUS - America Latina N. 1 - 18/12/2015

 Crédito público y sustenibilidad financiera

El principal punto a tratar en este artículo es: “Teniendo en cuenta la creciente escasez de recursos y la potencial tendencia al agotamiento de algunos bienes elementales a la vida humana, la propuesta de un mundo sustentable ganó forma y potencia en los últimos tiempos”. Bien por eso surgen las siguientes indagaciones, que serán analizadas: ¿Cómo se articulan el derecho sustentable y la Constitución? ¿Cuáles instrumentos constitucionales y legales se encuentran a disposición para garantizar efectividad al Principio del Desarrollo Sustentable, en varias áreas del Derecho (Derechos Sociales, Derecho Financiero, Derecho Ambiental)? ¿Existen condiciones y en que límites para asegurar y promover un desarrollo sustentable sin interacción con los Derechos económicos y sociales? Este trabajo enfocará un aspecto de esa relación, que trata de la sustentabilidad del uso del crédito público, en especial en el ámbito de la intergeneracionalidad, bajo la óptica del Derecho Financiero, ramo del Derecho que estudia los aspectos jurídicos sobre como el Estado organiza su recaudación y su endeudamiento, como distribuye esos recursos y los gasta, y como todo ese proceso es fiscalizado, em pro del bien común. Esta definición trae consigo las acciones que corresponden a las principales áreas de ese ramo del Derecho Público: Presupuesto, Ingresos, Deuda, Federalismo Fiscal, Gasto y Fiscalización Financiera. Detrás de esa definición, así como de todo el Derecho, está el hombre, pues el Derecho fue creado para servir al hombre en sus propósitos de vivir en sociedad y regular sus conductas. Los institutos jurídicos no tendrían ninguna importancia si no tuvieran por función regular conductas humanas en provecho de la convivencia armoniosa en sociedad... (segue)



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